Todo negocio, empresa o instalación industrial debe cumplir los requisitos vigentes de carácter ambiental, de seguridad y salud ocupacional establecidos en la normativa del país, dentro de las cuales se encuentran la Calificación Industrial y el Informe Sanitario, permisos indispensables para obtener la patente definitiva de una industria, taller o bodega.
Ambas exigencias legales, contemplan una serie de procedimientos establecidos, con el propósito de definir el o los posibles impactos ambientales generados en su entorno por la instalación industrial, y el control sobre temas de orden, seguridad y salud ocupacional.
Para solicitar el pronunciamiento respecto a Calificación Técnica e Informe Sanitario, es necesario que el Titular del establecimiento presente antecedentes a la Autoridad Sanitaria para que esta realice una revisión exhaustiva de la información, para luego emitir resolución favorable respecto al permiso solicitado.
En el presente documento se presenta la información y directrices más relevantes para tramitar estas dos autorizaciones.
Establecimientos que requieren Calificación Técnica e Informe Sanitario.
Toda empresa o establecimiento de carácter industrial, bodega o taller, debe solicitar el pronunciamiento de la Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI de Salud) a través de ambos permisos. Es importante mencionar que ambos permisos son aplicables tanto a instalaciones nuevas como también a empresas ya en actividad, en casos de ampliación e incorporación de modificaciones significativas a procesos que ya obtuvieron sus respectivas autorizaciones ambientales y sectoriales. Este último caso puede deberse a cambios tecnológicos, mejoras en las eficiencias en las líneas de producción, cambios en las materias primas, entre otros.
Calificación Técnica.
La Calificación Técnica es un documento que evalúa los riesgos del funcionamiento de la instalación, dado los potenciales daños y perjuicios que pueda causar a sus trabajadores, vecindario y comunidad. Dichas actividades pueden ser calificadas como inofensivas, molestas, insalubres, contaminantes o peligrosas. El objetivo es generar condiciones para que la localización de las actividades sea acorde a lo permitido en el Plan Regulador Comunal.
Este permiso se establece en las siguientes normativas:
- D. 458 – DFL 458/1976, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcción.
- D.S. N° 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Fija el Nuevo Texto de la
- Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
- D.S. N° 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Es importante destacar que la Calificación Técnica con Resolución Favorable, es un documento indispensable al momento de solicitar el permiso de edificación o recepción final de la instalación en la respectiva Dirección de Obras Municipales (DOM).
¿Cómo tramitar la Calificación Técnica?
Para solicitar formalmente la Calificación Técnica de actividad, es necesario retirar en la SEREMI de Salud el formulario de certificado y el respectivo instructivo que contiene información sobre los antecedentes requeridos por la Autoridad Sanitaria.
Al momento del ingreso, es fundamental entregar todos los documentos solicitados, ya que la falta de algún antecedente podrá dar origen a una Resolución rechazada. La asistencia de profesionales idóneos puede disminuir eficazmente un resultado no deseado. Una vez realizado el ingreso de la información, se debe cancelar el arancel correspondiente a este trámite.
Antecedentes a ingresar en una solicitud de Calificación Ambiental.
Al momento de efectuar el ingreso de los antecedentes de la Calificación Técnica en la Seremi de Salud, es necesario presentar tanto el formulario del certificado completo firmado por el representante legal, como una carpeta con la información solicitada en el instructivo. A continuación se detalla los antecedentes mínimos que debe presentar:
- Plano de la planta del local, ubicación del predio, ubicación de maquinarias, etc.
- Identificación del proponente, razón social, Rut de la empresa, representante legal y Rut.
- Características de la construcción, tipo de construcción, estructura de soporte, piso de la construcción, techumbre, etc.
- Descripción de la actividad a desarrollar, descripción del proceso productivo, diagramas de flujo, N° de trabajadores y horario de trabajo, materias primas utilizadas, descripción de bodegas, etc.
- Certificado de Zonificación, entregado por la Municipalidad correspondiente.
- Resolución de Calificación Ambiental, si corresponde.
- Resolución de Riles, si corresponde.
- Agua Potable y Alcantarillado, adjuntar boleta de pago agua potable y alcantarillado, otorgado por la empresa sanitaria del sector.
- Emisiones por fuentes fijas, presentar antecedentes técnicos del sistema de captación de emisiones.
- Residuos Industriales Sólidos, caracterización y estimación de RIS, programa de control a implementar.
- Ruidos, presentan estimación de los niveles de ruido hacia la comunidad de la etapa de operación y medidas de control para cumplir con la normativa.
- Agentes contaminantes, solventes, humos metálicos, polvos, u otras emanaciones, adjuntar antecedentes técnicos del sistema captación en el origen.
- Incendio y explosiones, memoria descriptiva de sistema de extinción y control de incendios, indicar que instalaciones eléctricas y de gas serán autorizadas y declaradas ante la SEC, plan de emergencias coordinado con bomberos, declarar sistemas automáticos de detección y extinción en bodegas cuando corresponda.
- Control de derrames, describir sistemas de control de derrame, si corresponde.
- Vectores sanitarios, adjuntar certificados de control de vectores, desinfección y desinsectación con una empresa autorizada por SEREMI de Salud.
- Medidas de control de riesgo de accidentes y enfermedades laborales, expresar compromiso de contar con: Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad, comité paritario, y a dar cabal cumplimiento al D.S. 594/99, “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los lugares de trabajo”
La información presentada es evaluada por la SEREMI de Salud, entidad que asigna un Evaluador quien revisa los antecedentes y vista las instalaciones del establecimiento. Luego, el resultado de la evaluación puede ser el siguiente:
- En caso de entregar toda la información requerida en el instructivo, la SEREMI de Salud tiene el deber de informar la Resolución de la calificación favorable en un plazo de 60 días hábiles.
- En caso de no entregar toda la información requerida en el instructivo, la solicitud será rechazada y deberá ingresar una carta de reconsideración dirigida a la Autoridad. Si la Resolución es rechazada, la empresa puede apelar a la calificación emitida por SEREMI de Salud, adjuntando las modificaciones a las condiciones que motivaron la resolución de rechazo.
Informe Sanitario.
El Informe Sanitario es un documento que expresa el cumplimiento de las normativas de carácter ambiental, seguridad y salud ocupacional de un establecimiento industrial, el cual debe estar en etapa de operación al momento de ser tramitado.
Al contar con un Informe Sanitario favorable, la instalación tiene identificados, y maneja de acuerdo a la legislación vigente, los riesgos que origina o que potencialmente puede originar sobre el medio ambiente, seguridad y salud de sus trabajadores.
Este permiso se indica en la siguiente normativa:
– D.F.L 725/1968, Ministerio de Salud, Código Sanitario.
Este permiso será solicitado por las municipalidades, previo al otorgamiento de una patente definitiva para la instalación, ampliación o traslado de industrias, actividades comerciales o de bodegaje.
¿Cómo Tramitar el Informe Sanitario?
Para solicitar formalmente el Informe Sanitario, es necesario retirar en la SEREMI de Salud el formulario de certificado y el respectivo instructivo que contiene información sobre los antecedentes requeridos por la Autoridad Sanitaria.
Al momento del ingreso, es fundamental entregar todos los documentos solicitados, ya que la falta de algún antecedente podrá dar origen al rechazo de la solicitud. A la vez, se debe realizar el pago del arancel correspondiente a este trámite.
Requisitos básicos que debe cumplir mi instalación para una resolución favorable.
Las condiciones fundamentales que deben presentar los establecimientos industriales, talleres o bodegas, son las descritas en el D.S. 594 del Ministerio de Salud, “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. A continuación se detallan algunos requisitos que debe cumplir la actividad en trámite:
- Construcción según la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, D.S. 47 y modificaciones.
- Actividad ordenada y limpia, pasillos y lugares de trabajo despejados.
- Si el abastecimiento de agua alcantarillado es particular, el proyecto y la recepción final de obras, deberá estar autorizado por SEREMI de Salud.
- Evacuación de Residuos Líquidos autorizados por la autoridad competente.
- Gestión de Residuos Industriales, tales como declaración según Resolución 5.081/92 SIDREP y otras gestiones asociadas a ventanilla única.
- Servicios higiénicos, casilleros y comedores reglamentarios, si es casino autorizado o con comprobante de ingreso en trámite.
- Ventilación natural o forzada, para proveer un volumen de aire suficiente.
- Maquinaria bien instalada, con protección y programa de mantenimiento preventivo.
- Instalación eléctrica, de gas y combustibles según normativa SEC.
- Equipos de Calderas, Autoclaves y operadores autorizados por el SEREMI de Salud.
- Control de incendios mediante sistema de extinción, como mínimo extintores.
- Elementos de protección personal de acuerdo al riesgo y su respectiva certificación de calidad.
- Controlar concentraciones de agentes contaminantes en su origen con sistemas de captación.
- Evaluaciones ambientales de los agentes contaminantes realizadas por la mutual (polvo, solventes, ruidos, exposición al frio o calor, etc.).
- Muestreos isocinéticos de fuentes fijas actualizadas, entre otras.
La información presentada es evaluada por la SEREMI de Salud, entidad que asigna un Evaluador quien revisa los antecedentes y vista las instalaciones del establecimiento. Luego, el resultado de la evaluación puede ser el siguiente:
- En caso de entregar toda la información requerida en el instructivo, la SEREMI de Salud tiene el deber de informar el Informe Sanitario favorable en un plazo de 60 días hábiles.
- En caso de no entregar toda la información requerida en el instructivo, la solicitud será rechazada y deberá ingresar una carta de reconsideración dirigida a la Autoridad. En dicho caso también la empresa puede apelar a la calificación emitida por SEREMI de Salud, adjuntando las modificaciones a las condiciones que motivaron la resolución de rechazo.
Conclusiones.
La tramitación y obtención de la Calificación Técnica favorable, se presenta como un hito coyuntural para la regularización general de la instalación, debido a que de esta manera se asegura que el establecimiento que se proyecta construir se encuentra adecuadamente emplazado considerando los aspectos de seguridad y medio ambiente, lo cual lo hacen compatible con el uso de suelo establecido en el Plan Regulador Comunal, para el territorio donde la actividad pretende funcionar.
Así mismo, el Informe Sanitario favorable constata y entrega la evidencia necesaria para demostrar un manejo apropiado de los riesgos que origina la operación de la actividad, respecto a las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores y el medio ambiente.
Junto a lo anterior, es importante considerar que las Municipalidades no pueden otorgar patentes definitivas para la instalación, ampliación o traslado de industrias, sin contar con un Informe Sanitario Favorable actualizado.
En resumen, la obtención de estos permisos permite:
- Obtención de una Patente definitiva.
- Evitar costos por multas, problemas con la Autoridad, conflictos con la ciudadanía, cierres y otros.
- Disponer de un atenuante en caso de accidente.
- Facilitar la obtención de permisos ambientales y sanitarios para nuevos proyectos.
- Cumplir con requisitos de clientes y nuevos mercados.
Teniendo en cuenta todos los antecedentes entregados anteriormente, le invitamos a incorporar, en sus nuevos proyectos y/o modificaciones de sus instalaciones, la obtención de los permisos de Calificación Industrial e Informe Sanitario, con la finalidad de obtener mejoras en la perspectiva de incrementar la calidad de su negocio y generar siempre Valor y Sustentabilidad.

