Las personas naturales o jurídicas que establezcan una actividad comercial o industrial, deben solicitar autorización de funcionamiento. Para ello, los interesados deben acercarse a la Municipalidad respectiva y manifestar su interés de desarrollar una actividad dentro de la comuna, a través de la solicitud de Patente Municipal.
¿Qué es una Patente Municipal?
La Patente Municipal es undocumento otorgado por la Municipalidad administradora del sitio donde se emplaza el proyectoy corresponde a laautorización definitiva de funcionamiento de la actividad de una empresa.
Existen varios tipos de patentes y son específicas para cada actividad, siendo de interés de este documento la Patente Municipal Industrial, es decir, empresas cuyo giro es la producción, manufacturas, fábricas de productos, alimentos, etc.
Para obtener la Patente Industrial, el titular de la empresa debe presentar una serie de documentos, que corresponden a los requisitos fundamentales del proceso de tramitación de la patente industrial. En este sentido, y con el fin de ayudar a la tramitación de su Patente es que generamos el siguiente documento que detalla los trámites y permisos previos que deben ser considerados por los titulares para la obtención de la Patente Industrial Definitiva.
TRÁMITES REQUERIDOS Y ASOCIADOS A LA OBTENCIÓN DE PATENTE INDUSTRIAL
Para obtener de Patente Municipal, es necesario cumplir con trámites previos que condicionan la obtención de dicha patente, en este sentido las municipalidades podrían solicitar las resoluciones y documentación asociada a los siguientes trámites:
Consulta de Pertinencia
La carta de pertinencia es un documento elaborado para demostrar que una determinada actividad o proyecto no debe ingresar de forma obligatoria al Sistema de Evaluación Ambiental, en dicho documento se analizan las causales de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, contenidas en el D.S 40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente “Aprueba Reglamento Del Sistema De Evaluación De Impacto Ambiental”. La carta de pertinencia debe ser presentada ante el Servicio de Evaluación Ambiental de la región.
Calificación Técnica
La Calificación Técnica es un documento que evalúa los riesgos del funcionamiento de la instalación, los potenciales daños y perjuicios que pueda causar a sus trabajadores, vecindario y comunidad. Dichas actividades pueden ser calificadas como inofensivas, molestas, insalubres o contaminantes y peligrosas. El objetivo es generar condiciones para que la localización de las actividades sea acorde a lo permitido en el Plan Regulador Comunal.
La Calificación Técnica con Resolución Favorable, es un documento indispensable al momento de solicitar el permiso de edificación o recepción final de la instalación en la respectiva Dirección de Obras Municipales (DOM) yes otorgada por la SEREMI de Salud.
Permiso de edificación
El permiso de edificación se debe tramitar si la instalación y funcionamiento de una empresa requiere de la construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y/o demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales. Este permiso es otorgado por la Dirección de Obras Municipales (DOM) respectiva.
Recepción Definitiva de Obras
Este trámite se realiza cuando se concreta la construcción, es decir, cuando esté terminada la obra, o alguna parte que ya pueda ser habilitada. Cabe mencionar, que ninguna obra puede ser habitada o destinada a uso alguno antes de su Recepción Definitiva parcial ototal. La recepción definitiva de obras es otorgada por la Dirección de Obras Municipales (DOM) respectiva.
Informe Sanitario
El Informe Sanitario es un documento que expresa el cumplimiento de las normativas de carácter ambiental, seguridad y salud ocupacional de un establecimiento industrial, el cual debe estar en etapa de operación al momento de ser tramitado. El informe Sanitario es otorgado por la SEREMI de Salud.
Seremi de Salud
La actividad de la empresa y sus características específicas determinará la necesidad de incorporar requisitos y trámites específicos para su actividad, entre estos:
– Autorización Sanitaria para elaborar, almacenar, distribuir o vender alimentos o aditivos alimentarios.
– Declaración de Emisiones Atmosféricas.
– Aprobación de Proyecto de Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos.
– Disposición Final de Residuos Industriales Líquidos.
– Generación, almacenamiento y disposición final de Residuos Industriales Sólidos.

PATENTE PROVISORIA
Si el titular no cuenta con todos los requerimientos para sacar su Patente definitiva de funcionamiento, podrá optar a la Patente Provisoria, que tendrán una duración de hasta un año desde la fecha de otorgamiento y la Municipalidad deberá exigir el cumplimiento de los requisitos pendientes dentro de este plazo. Si las observaciones no fueren subsanables, o no hubieren sido subsanadas dentro del plazo dado por la Municipalidad correspondiente, la patente caducará de pleno derecho.
DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA TRAMITACIÓN DE SU PATENTE
Al momento de ingresar la solicitud de Patente, se debe adjuntar a los documentos y resoluciones analizadas en el punto N° 1, los siguientes documentos:
- Formulario de inscripción.
- Copia RUT de la empresa.
- Copia escritura constitución de sociedad.
- Copia extracto constitución de sociedad.
- Copia publicación en diario oficial.
- Copia acta de sesión en directorio del nombramiento representante legal.
- Copia Modificaciones de la sociedad.
- Copia de la cedula de identidad por ambos lados de representante legal.
- Inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos(SII).
- Copia contrato de arriendo, autorización o título de la propiedad del domicilio donde se desarrollara la actividad (incluir certificado de dominio vigente)
- Autorizaciones sanitarias de acuerdo a requerimientos de la actividad.
- Certificado de zonificación emitido por la Dirección de Obras Municipales (DOM).
Cabe mencionar, que no todos los municipios requieren la misma documentación para este trámite, por lo que existe la posibilidad que soliciten documentación adicional.
COSTOS ASOCIADOS
El pago de la patente es anual y su precio varía en cada municipalidad. El monto a pagar es entre el 2,5 por mil y el 5 por mil del capital propio del negocio, declarado ante Impuestos Internos, con un mínimo de 1 UTM y un máximo de 8 mil UTM al año. El pago anual de la patente industrial es obligatorio y lo puede realizar en una cuota o en dos cuotas de forma semestral. El no adquirir la Patente para el funcionamiento de su actividad o no cancelar a tiempo el valor de la misma lo expone a recibir multas municipales.
VIGENCIA
Una vez obtenida la Patente Definitiva, se debe mantener su vigencia realizando el pago en forma anual.
Referencias.
- Ley N° 18.685 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
- Ley N° 18.575 Bases Generales de la Administración del Estado.
- S. N° 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC).
- S N° 40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, “Aprueba Reglamento Del Sistema De Evaluación De Impacto Ambiental”
- S N°594/1999 del Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias Y Ambientales Básicas En Los Lugares De Trabajo”.
- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, http://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/patentes-municipales.

