Ley REP: Chile tiene instrumento para trazabilidad de datos, reportes mensuales y contenido de informes de cumplimiento

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Esta es una de las exigencias de la Ley Nº20.920, que establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y el fomento al reciclaje, por lo que el Ministerio del Medio Ambiente dio luz verde al instructivo.

Con el propósito de satisfacer el principio de trazabilidad; orientar a los regulados en la recolección de los datos necesarios para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones; establecer reportes mensuales de éstos y fijar el contenido de los informes de cumplimiento, el Ministerio del Medio Ambiente dispuso un instructivo.

Se trata de la Resolución 2084, que establece las directrices en ese sentido mediante una instrucción general sobre trazabilidad de datos, reportes mensuales y contenido de los reportes de cumplimiento, que están señalados en la Ley Nº20.920, que establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y el fomento al reciclaje, conocida como Ley REP.

Esto permitirá alcanzar el objetivo de regular el registro de datos asociados a la responsabilidad extendida del productor, mediante la habilitación y mantención de un Sistema de Reporte de la Responsabilidad Extendida del Productor, a cargo de La Superintendencia del Medio Ambiente.

El mecanismo contendrá un registro público de los sistemas de gestión habilitados, yen el caso de los sistemas colectivos de gestión, indicará los productores que lo componen y otros datos de interés.

Además, la resolución indica obligaciones sobre los productos prioritarios, del cumplimiento de las metas de recolección y valorización de residuos, de los informes de cumplimiento y de la garantía de cumplimiento.

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